Programa de Especialización Presencial: El Nuevo Código Procesal Penal
Especialización
En Lima
Descripción
-
Tipología
Especialización
-
Lugar
Lima
-
Horas lectivas
147h
-
Duración
5 Meses
-
Inicio
Fechas disponibles
Los participantes del Programa de Especialización “Nuevo Código Procesal Penal” podrán optimizar sus conocimientos, así como tener una visión integral del Nuevo Código Procesal penal lo que les permitirá en el desarrollo de sus actividades aplicar la normativa procesal de forma rápida y eficiente. Para ello se cuenta con docentes con experiencia en el ámbito teórico y práctico del Código procesal Penal.
Sedes y fechas disponibles
Ubicación
comienzo
comienzo
Información relevante sobre el curso
Tiene como objetivo actualizar y capacitar a los participantes a fin de que desarrollen sus habilidades y puedan desempeñarse exitosamente en el campo del derecho penal desde las exigencias que imponen el nuevo código procesal penal, así mismo este programa no solo se centrará en el campo jurídico sino también en el campo aplicativo a través de la destreza para la Litigación Oral.
Profesionales, funcionarios públicos, servidores públicos, PNP, y público interesado, en general, tanto en Lima como de Provincias.
Opiniones
Materias
- Medios
- Actuación
- Fiscal
- Código procesal
- Juez
- Proceso penal
- Lógica
- Penal
- Ejercicio
- Civil
- Medios interés
- Persecución
Temario
CURSO-TALLER I: NOCIONES GENERALES - TÍTULO PRELIMINAR
En este curso-taller se abordará los principales temas de las disposiciones generales del nuevo código, dentro ello están los principios del Proceso Penal; el ejercicio de la acción civil que puede ser ejercida por el agraviado o sus representantes; la titularidad de la acción penal, principio de oficialidad; principio de oportunidad, mecanismo de simplificación del proceso penal sustentado en la escasa relevancia de la infracción y la ausencia de un interés público en la persecución del delito; los medios impugnatorios regulados en el artículo 404° del CPP y su diferenciación con los remedios procesal; la inhibición y recusación, instituciones que protegen el principio de imparcialidad, al misma que le es exigible tanto a jueces como fiscales, finalmente se abordará los plazos para el desarrollo de todos los actos procesales y las nulidades, la misma que se aplicará ante la inobservancia de las disposiciones establecidas para las actuaciones procesales y sólo en los casos previstos por la Ley.
- Principios del Proceso Penal
- Título Preliminar
- Acción Penal y acción civil
- Principio de Oportunidad
- Medios Impugnatorios
- Inhibición y recusación
- Disposiciones y resoluciones
- Plazos
- Nulidad
Tema 1: Actuación de la Policía Nacional
Aquí se tratará pormenorizadamente las funciones de la Policía Nacional y su intervención durante la investigación fiscal ya sea desde que toma conocimiento de un hecho delictivo, la protección de la escena del delito, la actuación en casos de pesquisas, investigación, detención, acopio de información, recojo de evidencias, elaboración de actas, elaboración de Informes policiales, practica el registro de personas, prestar auxilio a las víctimas del delito, entre otras actividades.
Tema 2: Actuación del Ministerio Público
En este considerando se abordará las múltiples funciones del Ministerio Público , como ejercer el monopolio de la acción penal, así como conducir y dirigir la investigación, desde que toma conocimiento de la noticia penal, pasando por las formalidades de las denuncias, carpetas fiscales, distribución de carga, asignación de casos, problemas de interpretación, plazos, notificaciones, incautaciones, inmovilizaciones, clausuras, declaraciones, acopio de información, manejo de la evidencia, solución a temas periciales, estructuración de la teoría del caso, la conducción compulsiva, los exhortos, etc.
Tema 3: Actuación del Poder Judicial
En el Nuevo Código Procesal Penal, el juez adquiere una especial preminencia toda vez que tiene como función primordial velar por la regularidad del proceso así como tomar decisiones relativas a la protección o delimitación de derechos fundamentales.
- Durante la investigación preliminar: El juez interviene ante la solicitud del fiscal ya sea a través de medidas coercitivas o cautelares.
- Durante la investigación preparatoria: El juez se constituye en un juez de garantías.
- Durante la etapa intermedia: El Juez se encarga de resolver el requerimiento de acusación, mediante el control de acusación o el sobreseimiento, previa intervención de las partes, así mismo se encargará de dirigir las diligencias de prueba anticipada y dictar el auto de enjuiciamiento.
- Durante la etapa de enjuiciamiento: asume el control y la dirección del juicio.
La defensa asume un rol protagónico, aquí analizaremos la actuación del abogado defensor, los pedidos que puede formular y los derechos que se le asignan, entre estos tenemos:
- Participar en todas las diligencias
- El derecho a interrogar a su defendido, testigos y peritos.
- Aportar medios de prueba pertinentes, conducentes y útiles
- Interponer las excepciones o recursos que la ley lo permita.
- Tener acceso a la carpeta fiscal o expediente para un mejor ejercicio de la defensa.
Uno de los tareas más importantes durante la Investigación Preliminar es la realización de actos urgentes e inaplazables, por lo que se requerirá la participación de personal especializado a fin de que se realicen las pericias según la naturaleza del delito materia de investigación, siendo las más comunes:
- Pericia Toxicológica
- Pericia Médico Legal
- Pericia de alcoholemia y dosaje etílico
- pericia de absorción atómica
Dentro de la dinámica del Proceso Penal, el ejercicio de la defensa es amplio, la actuación del Ministerio Público y la Policía Nacional en su labor de acopiar elementos de convicción es controlada por el Juez de la Investigación Preparatoria, aquí se analizaran las audiencias que en esta fase inicial se pueden llevar a cabo.
CURSO-TALLER III: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
Tema 1: Actos especiales de investigación
- Circulación y entrega vigilada de bienes delictivos.
- Agente encubierto
- Operaciones encubiertas
- Prueba AnticipadaTema
- Detención
- Prisión Preventiva.
- Comparecencia con restricciones.
- Internación preventiva
- Impedimento de salida.
- Suspensión Preventiva de Derechos
- Embargo
- Inhibición
- Allanamiento
- Descerraje
- Levantamiento del secreto de comunicaciones y otros
- Cuestión Previa
- Cuestión Prejudicial
- Excepciones
Aquí se analizaran de manera práctica las diferentes audiencias que en la fase Preparatoria pueden llevarse a cabo, entre ellas tenemos Prisión preventiva, reexamen de incautación, suspensión preventiva de derechos, prolongación de la prisión preventiva, cese de prisión preventiva, comparecencia con restricciones, constitución en actor civil, excepciones, entre otras.
CURSO-TALLER IV: FASE INTERMEDIA
Tema 1: Teoría del Caso
Se desarrollará la teoría del caso entendida como la estrategia necesaria que formula el fiscal o la defensa del imputado sobre los hechos que van a presentar y probar durante las audiencias del juicio oral, esta debe ser única, creíble, coherente entre los hechos que se afirman y las pruebas que se actuarán, lógica, flexible y sencilla, así mismo debe contener los siguientes fundamentos:
- Fácticos: consiste en la identificación de los hechos (acciones, circunstancia, modo, tiempo, intervinientes, escenario)
- Jurídicos: consiste en la adecuación de los hechos a la norma penal.
- Probatorios: mediante este se va sustentar los fundamentos fácticos y jurídicos para lo cual se deberán utilizar pruebas idóneas y conducentes.
Se analizará el requerimiento de sobreseimiento solicitado por el Fiscal ante el Juez de Investigación Preparatoria, para tal situación el representante del Ministerio Público deberá acompañar su requerimiento con la Carpeta Fiscal, para luego el juez correr traslado a las partes en el plazo de 10 días afín de que puedan formular alguna oposición, habiendo trascurrido el plazo el juez citará a la audiencia, quien luego de escuchar a la partes intervinientes podrá tomar las siguientes decisiones:
- Si está de acuerdo con el requerimiento dictará el auto de sobreseimiento.
- Si no estuviera de acuerdo, el Juez eleva lo actuado al Fiscal Superior a fin de que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial, previa exposición de razones.
En este punto se tratará uno de los actos procesales en el que el Ministerio Público ejerce su función acusadora formulando dicho requerimiento ante el juez de Investigación Preparatoria, en el que deberá señalar los cargos que se imputan al investigado, propone la pena y la reparación civil.Lo que nos permite señalar que en esta etapa el fiscal pone de manifiesto el ejercicio público de la Acción Penal.
Tema 4: Taller
Con el objeto que se incentive la participación de los asistentes, se visualizará un video de una audiencia de control de acusación o sobreseimiento, la misma que será sometido a debate a fin de que se evalúe la participación de las partes procesales en dicha audiencia.
Tema 5: Audiencias
El curso abordará todo lo referente a esta fase del Proceso Penal, las modalidades del sobreseimiento, los pronunciamientos judiciales, mecanismos de defensa. También se estudiará toda la formalidad del control de acusación así como se llevaran a cabo debates prácticos sobre estas audiencias.
CURSO-TALLER V: JUICIO ORAL
Tema 1: Generalidades
- Se desarrollará la etapa más importante del proceso bajo la dirección del juez penal o presidente del colegiado la misma que concluirá con la expedición de la sentencia, dentro de los actos iniciales en la etapa de juzgamiento tenemos:
- Auto de citación a juicio
- La instalación del juicio, la misma que únicamente se tendrá por instalada cuando concurran el juez, el fiscal, imputado y su abogado defensor.
- Acreditación de las partes
- Ubicación de las partes en la audiencia.
- En esta etapa las partes expondrán de forma resumida su teoría del caso, la misma que debe ser simple, lógica y persuasiva.
- • Cuando el fiscal expone los hechos, la calificación jurídica y los medios probatorios.
- • Cuando el abogado defensor expone su defensa y las pruebas de descargo.• La teoría del caso es la regla que dominará todo el actuar de las partes durante el proceso.
- Se ahondará sobre la prueba como una de las instituciones más trascendentes en el proceso, y su actuación dentro de la etapa de juzgamiento. La actividad probatoria tiene como finalidad generar convicción en el juez respecto a la posición que plantean, tiene entre sus principios más relevantes:
- Legitimidad de la prueba
- Libertad probatoria
- Inmediación
- Pertinencia de la prueba
- Comunidad de la prueba
Tema 4: Alegatos de cierre o clausura
- Es la última oportunidad que tiene las partes litigantes para dirigirse al juez o al colegiado
- En este estadío el abogado defensor sugiere conclusiones acerca de las pruebas que se han actuado durante el juicio
- Es un ejercicio argumentativo
- Las partes buscarán la credibilidad de su teoría del caso.
Una vez se haya terminado el debate, el juez o el colegiado pasará a deliberar respecto a las pruebas que se actuaron durante el juicio, esta valoración respetará las reglas de la sana crítica conforme a los principios de la lógica, las máxima de la experiencia y los conocimientos científicos, la sentencia deberá ser motivado de forma clara, lógica y completa cada uno de los hechos que se dan por probadas, la misma que puede concluir con:
- Sentencia absolutoria
- Sentencia condenatoria
- Sentencia absolutoria con pago de reparación civil.
En esta etapa el docente llevará a cabo un taller a fin de que haya una mejor comprensión de las técnicas de litigación oral, cada participante asumirá un rol dentro del proceso ya sea como abogado defensor del imputado, del agraviado, como Fiscal o como Juez para resolver un caso práctico que será materia de debate.
CURSO-TALLER VII: EJECUCIÓNEl
Nuevo Código Proceso Penal ha establecido que corresponde al Ministerio Público el control de la ejecución de la sanciones penales, por lo que deberán instar las medidas de supervisión y control que correspondan como fase de la ejecución, por lo que formulará los requerimientos respectivos al Juez de Investigación Preparatoria, este último es el encargado de resolver todos los incidentes que se generen durante la ejecución de las sentencia. A efectos de que el Ministerio Público cumpla con el control de la misma se le ha conferido prerrogativas como requerir la amonestación, la prórroga y la revocación de la suspensión de la pena o la conversión de la Pena Multa, entre otros.
- Ejecución de sentencias
- Amonestación
- Prorroga de periodo de prueba
- Revocatoria
- Beneficios Penitenciarios
Información adicional
Contado: S/. 2,100.00 soles
Cuotas: S/. 2,200.00 soles
Primera Cuota S/. 600.00 soles
Segunda Cuota S/. 600.00 soles
Tercera Cuota S/. 500.00 soles
Cuarta Cuota S/. 500.00 soles
Comunidad URP o Corporativo (3 a más personas):
Contado: S/. 2,000.00 soles
Cuotas: S/. 2,100.00 soles
Primera Cuota S/. 600.00 soles
Segunda Cuota S/. 500.00 soles
Tercera Cuota S/. 500.00 soles
Cuarta Cuota S/. 500.00 soles
Programa de Especialización Presencial: El Nuevo Código Procesal Penal